La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impuso a Google una sanción de 300.000 euros, tras haber constatado que la compañía recogió y almacenó datos personales a través de redes WiFi abiertas sin que los afectados tuviesen conocimiento de dicha recogida. Esta información fue obtenida como parte de su proyecto Street View.

La AEPD ha dictado una resolución que pone fin al procedimiento abierto a Google en relación a la recogida y tratamiento de datos personales de redes WiFi llevada a cabo por los vehículos empleados en el proyecto Street View de la compañía. En el marco de la investigación realizada, ha explicado el organismo estatal en un comunicado difundido este martes, se constató que Google recogió y almacenó datos personales transmitidos a través de redes WiFi abiertas «sin que los afectados tuviesen conocimiento de dicha recogida y sin obtener el consentimiento de los mismos». En consecuencia, la Agencia ha declarado la «existencia de una infracción grave» e impuesto a Google una sanción de 300.000 euros.
La AEPD ha recordado que la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) establece en su artículo 6.1 que el tratamiento de los datos de carácter personal requiere el consentimiento inequívoco del afectado, «salvo determinadas excepciones no aplicables en este caso concreto».
Google ha asegurado que trabaja «concienzudamente» para cumplir con las políticas relacionadas con la privacidad. La compañía ha recordado que en 2010 ya dijo públicamente que se equivocó e, «inmediatamente», informó del error a la AEPD y solucionó el «problema» que afectaba a sus sistemas.
La tecnológica ha defendido que ha colaborado «por completo» a lo largo de los últimos siete años y que, «por supuesto», abonará la sanción impuesta. Asimismo, ha garantizado que la resolución del caso no afecta al actual servicio de Street View.
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