Las normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en reuniones públicas y manifestaciones fueron fijadas en la resolución 008610, de la Gaceta Oficial 40.589, con fecha de 27 de enero de 2015.
Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza. El uso de la fuerza por parte de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, las funcionarias y funcionarios militares en los procedimientos dirigidos a garantizar el orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones, se rige por los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, utilización de la escala progresiva en función de la resistencia y oposición, seguimiento, supervisión, entrenamiento y difusión amplia de manuales, debiendo siempre mantener el menor nivel del uso de la fuerza posible para el logro del objetivo propuesto.
La dosis de fuerza a aplicar deberá tomar en consideración una progresión en el comportamiento de las personas y la proporcionalidad con cada uno de los grados de intensidad, de modo que entre la disuasión y la reacción se gradúe la fuerza partiendo de la presencia ostensiva, hasta el uso del arma de fuego. Las funcionarias y funcionarios militares deben emplear el menor nivel de fuerza posible para el logro del propósito encomendado.
via En Gaceta normas de actuación de la Fanb en reuniones públicas y manifestaciones.
«Maldito el Soldado que apunte las armas de la república contra su pueblo.»
Simón Bolívar
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